REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL "EL VIGIA"

GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, VEINTICUATRO DE OCTUBRE DE DOS MIL CINCO.
194º Y 145º
Vista la diligencia de fecha 21 de octubre de 2005, (f. 24 al 27) del presente Expediente, suscrita por los ciudadanos Amado Ochoa Berbesi, parte demandada, asistido por el abogado Carlos Omar Pérez Moreno, inpreabogado número 56.396 por una parte y por la otra la ciudadana Ramona Beatriz Jiménez Mola, parte demandante, asistida por la abogado Dunia Chirinos Laguna, inpreabogado bajo el número 10.469, mediante la cual celebran una transacción, este Tribunal por cuanto el presente juicio versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la respectiva homologación, le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio, expídanse por Secretaría dos (2) juegos de copias certificadas de la presente transacción, de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, debiéndose insertar al pie de la misma el contenido del presente auto, se autoriza a la ciudadana Reina Quintero, Asistente II de este Tribunal quien junto con la Secretaria suscribirán las mismas.
EL JUEZ,

ABG. JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ
LA SECRETARIA,

ABG. NORIS C. BONILLA V.
En la misma fecha se acordó con lo ordenado en el auto anterior.

Sria.