REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL "EL VIGIA"

GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, VEINTICINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL CINCO.
195º Y 146º
Visto el convenimiento de fecha 11 de Octubre de 2005, por los ciudadanos José María Gómez, quien se denomina el intimado, asistido por la abogado Rosa Rinaldi inscrita en el inpreabogado bajo el número 62.818 y Belquis Carrillo R., inscrita en el inpreabogado bajo el número 65.134, por la otra parte quien se denomina la Depositaria, este Tribunal por cuanto el presente juicio versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la respectiva homologación, le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio, no se archiva el expediente hasta tanto el obligado no cumpla con lo acordado en dicho convenimiento .
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ
LA SECRETARIA,

ABG. NORIS C. BONILLA V..

Rq.