JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, diecinueve de octubre de dos mil cinco.

195º y 146º

Visto el desistimiento de la acción y del procedimiento, efectuado por la abogada MIRIAM RAFAELA RENDON PAREDES, en su carácter de coapoderada judicial de la parte querellada, mediante diligencia de fecha 23 de septiembre de 2005 (folio 124); quien fuera autorizada por el actor, ciudadano JOSE ERMUNDE SANTIAGO RONDON, por documento autenticado ante la Notaría Pública de Santo Domingo, Municipio Cardenal Quintero del Estado Mérida, de fecha 29 de junio de 2005, bajo el Nº 70, Tomo 06, para presentar el desistimiento correspondiente por ante este Tribunal; y por cuanto el Tribunal observa, que de los autos no consta que con dicho desistimiento se lesionen derechos e intereses protegidos por el Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, diferentes a los litigantes, de conformidad con los artículos 263, 264, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa dicho desistimiento impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se ordena el archivo del expediente. De conformidad con el artículo 248 del Código de procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión.

La Juez Temporal,

Dra. Agnedys Hernández

La Secretaria,

Abg. Margarita Guzmán Contreras
Exp. 1706.
amf.-