REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUIZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MERIDA

195° Y 146°

EXPEDIENTE NRO.5485


La presente causa ingresa a este Juzgado por demanda intentada por el abogado ALBERTO JOSE NAVA PACHECO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 3.461,482, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 17.443, de este domicilio y hábil, en su carácter de APODERADO JUDICIAL DEL CIUDADANO VALENTI SUDANO PINTO, CONTRA: AUGUSTO CARDONA SOTO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.015.742, de este domicilio y hábil, POR: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. --------------------------------------------------- Ahora bien, la demanda fue admitida en fecha 14 de Julio de 1.999, en el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR, CAMPO ELIAS, SANTOA MARQUINA Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, observándose que desde que se admitió la Demanda no hay actuación por la parte actora, ( 14 de Julio del 1.999), la cual obra al folio nueve (09) del presente expediente, y como quiera que desde esta fecha , hasta la presente fecha han transcurrido más de seis (06) años de inactividad procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VERNEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. Se ordena la notificación de la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 251 de la Ley Adjetiva Civil, y una vez conste en autos su notificación comenzará a correr el lapso para interponer los recursos a que haya lugar. ------------------------------------------------------------
Notifíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.----------------
DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, 06 de Octubre de Dos Mil Cinco.
LA JUEZ:

ABG. FRANCINA M. RODULFO ARRIA
EL SECRETARIO :

ABG. JOSE R. RONDON M