REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO No 02.
Mérida, Veintisiete de Septiembre del año dos mil cinco.
195º y 146º
VISTO: El convenimiento suscrito por los ciudadanos: THAIS MARGARET QUIÑÓNEZ DE RIVERA Y GUSTAVO ALEXIS RIVERA CONTRERAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 9.968.502 y 8.046.728, domiciliados en Santa Juana vereda D-1 casa Nº 02, y Pie del Llano calle 3 Bis Nº 0-15 vereda B1 del Estado Mérida en su condición de padres de los niños OMITIR NOMBRES de 15, 09 y 08 años de edad,, quienes expusieron: “ Hemos acordado y convenido formalmente como en efecto lo hacemos por ante la Defensoria de los Derechos del Niño y del Adolescente en fijar un Régimen de Visitas, para con nuestros hijos el cual será de la siguiente manera: Régimen de Visitas abierto podrá ir a buscarlos al colegio, estar pendiente de ellos y visitarlos todos los dias cuando el padre quiera, siempre y cuando no interfiera con las horas de clase en el colegio y las horas de sueño y descanso que serán respetadas.” Teniendo esta acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al adolescente y niños por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una Obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, , HOMOLOGA el convenimiento de Fijación de REGIMEN DE VISITAS, suscrito por los ciudadanos: THAIS MARGARET QUIÑÓNEZ DE RIVERA Y GUSTAVO ALEXIS RIVERA CONTRERAS, Plenamente identificados en autos, a favor del adolescente OMITIR NOMBRE, niños OMITIR NOMBRES. Se le dá carácter de cosa Juzgada y ordena el Archivo del Expediente-------------
LA JUEZ PROVISORIO DE JUICIO No 02
ABG. GLADYS JASPE DE OCANDO.
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.-
Jv/012357.