REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintinueve de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : LP21-L-2005-000227 ACTA DE DESISTIMIENTO


N° DE EXPEDIENTE: LP21-L-2005-000227
PARTE ACTORA: Neyda del Carmen Rondón Santiago
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: BARTOLOME GIL OSUNA Y YENNY DIAZ BRICEÑO.
PARTE DEMANDADA: Comercial Santo Domingo Santiago
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy 29 de Septiembre de 2005, siendo las 10:00 de la mañana, día y hora para llevar a efecto la audiencia preliminar en la presente causa previo el pregón de Ley dado por el Alguacil a las puertas de esta Coordinación, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 y 195.


LA JUEZA




MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO




LA SECRETARA,



EGLI MAIRE DUGARTE