REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintitrés (23) de septiembre de dos mil cinco (2005)
195º y 146º
ASUNTO : LH21-L-2004-000109
PARTE ACTORA: JHOVANA ROSALBA DUGARTE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.960.676, domiciliada en esta ciudad de Mérida Estado Mérida
APODERADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ANA BEATRIZ CIRIMELE, titular de la cédula de identidad Nº 10.225.480 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 69.755
PARTE DEMANDADA: MARIA XIOMARA GIL OTAIZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.004.161, de este domicilio.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA DE DESISTIMIENTO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día hábil de hoy 23 de septiembre del 2005, siendo las once de la mañana (11:00 am), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previó pregón de ley dado por el alguacil, SE DEJA CONSTANCIA DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE JHOVANA ROSALBA DUGARTE LOPEZ en este acto, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad números 11.960.676 de este domicilio, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Este Tribunal deja expresa constancia de que igualmente la PARTE DEMANDADA MARIA XIOMARA GIL OTAIZA, tampoco compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 ° y 14 6°.
LA JUEZA,
Abg. YAJAIRA C. ROJAS DE RAMIREZ
LA SECRETARIA
Abg . EGLI MAIRE DUGARTE DURAN
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se publicó la presente sentencia siendo las once y cuarenta minutos de la mañana 11.40 a.m) .
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DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez
Abg. Yajaira Rojas de Ramírez
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