N° DE EXPEDIENTE: LP31-L-2005-000003
PARTE ACTORA: MIGUEL ANGEL LOZANO ARRIETA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: REINA COROMOTO CHACÓN GÓMEZ
PARTE DEMANDADA: CESAR AUGUSTO MALDONADO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, lunes (26) de Septiembre del año 2005 siendo las 09:00 a.m. día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la abogado: REINA CHACON, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 28.163, en su condición de procuradora del trabajo, actuando en este acto como apoderada judicial de la parte actora, carácter que consta en autos. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido: este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA. De conformidad con el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal dentro del lapso de cinco (05) días hábiles siguientes al día de hoy, publicará el texto integro de la sentencia. PUBLIQUESE, REGISTRESE y CERTIFIQUESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 ° y 146 °.

LA JUEZ,
ABOG. REINA RONDON


LA SECRETARIA,

Abog. IVETT ARISTIMUÑO.