REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía.
El Vigía, veintiséis de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: LP31-L-2005-000015



SENTENCIA


PARTE ACTORA: RAMÓN DURAN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSÉ LUÍS TORRES GUERRERO
PARTE DEMANDADA: JOSÉ OSWALDO CELIS DAVILA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AMAURY OSWALDO AGÜERO UZCATEGUI Y DAYANA CAROLINA PÉREZ MEJÍA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, Lunes (26) de Septiembre del año 2005 siendo las 11:00 a.m. día y hora, fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecieron los abogados en ejercicio: AMAURY OSWALDO AGÜERO UZCATEGUI Y DAYANA CAROLINA PÉREZ MEJÍA, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 79.451 y 112.616, en su orden, en su condición de apoderados de la parte demandada, según instrumento poder autenticado por ante la Notaría Pública de Ejido Estado Mérida, en fecha 29 de junio de 2005, que presentan a efectos videndi y consigna copia simple para ser agregado al presente expediente y cotejado por este Tribunal, se deja expresa constancia de que la parte actora, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y CERTIFIQUESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 ° y 146 °.

La Juez




Abg. Reina Rosa Rondón Graterol




"1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO"