N° DE EXPEDIENTE: LH31-L-2005-000062
PARTE ACTORA: HERNAN SEGUNDO MACHADO PARRA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: REINA COROMOTO CHACÓN GÓMEZ
PARTE DEMANDADA: ANGEL DE JESUS FRIAS PAEZ
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE ANTONIO GARCIA VILLASMIL.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, jueves veintinueve (29) de Septiembre de 2005, siendo las 01:00 p.m. comparecieron por ante este Tribunal el ciudadano: HERNAN SEGUNDO MACHADO PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.899.963, en su condición de parte actora, asistido por la abogado: REINA CHACON, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 28.163, en su condición de procuradora del trabajo, y el ciudadano: ANGEL DE JESUS FRIAS PAEZ, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°E-81.407.541, en su condición de parte demandada, asistido por el abogado en ejercicio: JOSE ANTONIO GARCIA VILLASMIL, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 41.344, dándose así inicio a la audiencia. quienes han llegado al siguiente acuerdo transaccional: La parte demandada ofrece a la parte demandante la cantidad total de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,00), Dicha suma comprende los conceptos derivados de la relación laboral, dicho monto será cancelado de la siguiente manera PRIMERO: dicho pago se realizara en un pago único en dinero en efectivo en moneda de curso legal, que la parte demandada entrega en este acto a la parte actora, por la cantidad acordada. SEGUNDO: La parte actora declara expresamente que acepta el pago que le hace la demandada en los términos expuestos y en consecuencia, declara que nada mas tiene que reclamar, por los conceptos demandados. Este tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Ordenándose el archivo del expediente por cuanto consta el cumplimiento total de la obligación.
LA JUEZ

Abg. REINA RONDON EL SECRETARIO.


Abg. GASTON LARA.




PARTE ACTORA Y PROCURADORA DEL TRABAJO.



PARTE DEMANDADA Y SU ABOGADO ASISTENTE