REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.-Mérida, veintiuno de septiembre del dos mil cinco.
195º y 146º
Visto el desistimiento de la acción y del procedimiento en la presente causa formulado por el ciudadano ANGEL ETILIO BONAGURO DERETT, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 1.442.210, en su carácter de parte demandante, asistido por el abogado ROMAN RINCON RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N° 8.000.000, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 65.926, se acuerda dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, el cual obra al folio 36 del presente expediente, En consecuencia, se homologa dicho desistimiento, se da por consumado este acto, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente, una vez que quede firme la presente decisión.
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La Juez Temporal,
Abg. Yolivey Flores Muñoz
La Secretaria Temporal,
Abg. Eloisa Angulo de Galué.
En la misma fecha se expidieron copia certificadas para la estadística.
La Secretaria Temporal,
Abg. Eloisa Angulo de Galué.
Ice.-