REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintinueve de septiembre del año dos mil cinco.-
195° y 146°
Vista la diligencia anterior de fecha veintinueve (29) de septiembre del presente año, suscrita por la Abogada en ejercicio LEIRA MATEHUS DE ROMERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 23.720, actuando en su carácter de co-apoderada Judicial del demandado de autos, en donde manifiesta su consentimiento al desistimiento de la acción propuesta por la parte actora en fecha 11 de agosto de 2005, obrante al folio 41 del presente expediente. En consecuencia, de conformidad a lo pautado en los artículos 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil. ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, impartiéndole al mismo el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. YOLIVEY FLORES MUÑOZ.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
LINDA M. RODRIGUEZ OLIVEROS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.
LA SRIA ACC,
LINDA MARIA RODRIGUEZ OLIVEROS
Dr.-