REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
Extensión El Vigía. Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No. 07
El Vigía, 15 de Septiembre de 2.005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-002009
ASUNTO : LP11-P-2005-002009
DECISION No. : 404 – 05
AUTO DECISORIO DE PETITICION DEL MINISTERIO PUBLICO

Vista la petición que mediante escrito recibido a través de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal en fecha 14 de los corrientes dirige el abogado MANUEL FERNANDO PEREZ en su carácter de Fiscal IV del Ministerio Público de esta entidad, en el cual solicita se emita ORDEN DE ALLANAMIENTO, a solicitud del Comisario Jefe de la Sub-Delegación Estado Mérida del Cuerpo de Investigaciones Centíficas, Penales y Criminalísticas, a los fines de darle adecuada y oportuna respuesta a tal petición, conforme a lo previsto en los artículos 51 Constitucional, y 282 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal para decidir, OBSERVA:
Del examen de las actuaciones acompañadas por la Representación Fiscal se infiere, que según Comunicación No. 9700-067-10458, de fecha 13.09.2.005, suscrita por el T.S.U ARGIMIRO MONTILLA FERNANDEZ, Comisario Jefe de la Sub-Delegación Estado Mérida, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, éste solicita del Juez de Control de Guardia, “…se sirva emitir, UNA (01) Orden de Allanamiento la cual ha de practicarse en la siguiente dirección: 01.- SECTOR EL PALMICHOSO, CALLE PRINCIPAL LA FLORIDA CASA S/N, DE COLOR BLANCO Y ROSADO, REJAS DE COLOR BLANCAS, LA CUAL SE ENCUENTRA UBICADA TRES CASAS MAS ARRIBA DE LA IGLESIA EVANGELICA, MUNICIPIO TULIO FEBRES CORDERO, EL VIGIA EDO MERIDA, residencia de la ciudadana: MAGALI BALZA, a fin de incautar prendas de oro como Diez anillos tales como: un anillo Chavalier de brillantes, un zafiro estrella con piedra rosada, uno de esmeralda pequeño, un anillo con una piedra blanca, dos anillos Chavalier de silcon, uno pequeño y otro grande, uno de cartier, uno de rubí original, dos relojes para dama de color amarillo, con esfera pequeña, Seis cucharas de Renawuer, catorce piezas de cubiertos, ocho con mango de madera y seis con mango de color verde, Guardan relación con el expediente No. H-122.482, que se instruye por unos de los delitos Contra La Propiedad…”
Tales peticiones, sin embargo, no señalan los nombres de los funcionarios que ejecutarán la visita domiciliaria que justifica la solicitud de la indicada Orden de Allanamiento, sin lo cual, no podrá este Tribunal de Control autorizar dicha orden de allanamiento, por faltarle un de los elementos que la misma debe contener conforme a lo previsto en el artículo 211.3 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ello así, lo procedente es NEGAR la petición de la Representación Fiscal, y, ASI SE DECIDE.-
Por lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control No. 07, del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA la petición de emisión de Orden de Allanamiento formulada por el Fiscal IV del Ministerio Público de esta entidad.
Notifíquese la presente decisión a la Representación Fiscal Peticionante. CÚMPLASE.-

El Juez


Abg. Noel E. Petit Leal



La Secretaria,

Abg Ynslenia Marquina Ramírez

En la misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto que antecede. Se libró Boleta de Notificación No.__________________.-
Conste/Stria.