REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.


ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2002-000047

Visto el escrito N° 123 de fecha 16-09-2005, remitido por la Abg. Liceth A. Blanco en su condición de Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, con sede en San Juan de Lagunillas Estado Mérida, donde solicita se realice el Cómputo Actualizado del Penado Monsalve Montaya Eduardo Homero; en consecuencia éste Tribunal acuerda realizar cómputo, a tal efecto se observa: Que el penado Monsalve Montoya Eduardo Homero, fue detenido en una primera oportunidad en fecha 25-07-1997 permaneciendo en las mismas condiciones hasta el 16-10-1997, es decir por el lapso de Dos (02) Meses y Veintiún (21) Días, posteriormente fue detenido en fecha 25-09-2001 permaneciendo en las mismas condiciones hasta la presente fecha 26-09-2005, es decir por Cuatro (04) Años y Un (01) Días, que sumados a 02 redenciones de fechas 10-09-2003 y 08-04-2005, por el lapso de Once (11) Meses, Trece (13) Días y Nueve (09) Meses, es decir que ha cumplido con redención Cinco (05) Años, Once (11) Meses, Cinco (05) Días y por cuanto fue sentenciado a cumplir por acumulación una pena de Doce (12) Años y Siete (07) Meses, es por lo que le falta por cumplir Seis (06) Años, Siete (07) Meses y Veinticinco (25) Días, la cual terminará de cumplir el 21-05-2012al finalizar el día. En tal sentido remítase copia debidamente certificada del referido cómputo, remítase con oficio. Cúmplase.
Juez de Ejecución N°01

Abg. Carmen Aída Velásquez Maldonado

La Secretaria

Abg. _______________