ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2001-000164

Por cuanto el penado Jose Olside Andrades, fue capturado en fecha 05-02-2005, por haberse recovado el beneficio de régimen abierto; es por lo que este Tribunal de Ejecución N° 02, acuerda elaborar cómputo de la pena actualizado conforme al artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, en el presente auto de la siguiente manera, al penado JOSE OLSIDE ANDRADES, fue detenido por primera vez en fecha 07-02-1996 hasta 23-05-2003, fecha esta que evadió el beneficio de régimen abierto, es decir por el lapso de SIETE (07) AÑOS, TRES (3) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS, siendo detenido posteriormente en fecha 05-02-05, permaneciendo en las condiciones hasta la presente fecha 22-09-2005, es decir por SIETE (07) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS, sumados a una redención otorgada en fecha 27-07-2001, por un lapso de DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES Y DOCE (12) HORAS, da un total de pena cumplida con redención de DIEZ (10) AÑOS, TRES (03) MESES Y DOCE (12) HORAS, por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de DIECINUEVE (19) AÑOS DE PRISION, le falta por cumplir OCHO (08) AÑOS, OCHO (08) MESES, VEINTINUEVE (29) DIAS y DOCE (12) HORAS, el cual terminará de cumplir el día veinte de junio del año 2014, a las doce del mediodía. Remítase copia debidamente certificada del presente auto al Centro Penitenciario de la Región Andina con sede en San Juan de Lagunillas Estado Mérida, a los fines de que sea agregada a la carpeta carcelaria. Cúmplase.

JUEZ DE EJECUCION N° 02


ABOG. JESÚS ORLANDO RONDÓN
SECRETARIA

ABG