El Vigía, 27 de Septiembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2002-000058
ASUNTO : LL11-P-2002-000058
Visto el oficio N° 2008-05, de fecha 21-06-2005, inserto al folio 143 de la presente causa, emanado del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, donde solicita copias certificadas del Cómputo de la Pena, del penado WILBER ALEXANDER SUAREZ COLINA, es por lo que este Tribunal de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal, Extensión El Vigía. Acuerda: Realizar cómputo actualizado, a tal efecto, se observa que el penado antes mencionado, fue detenido en fecha 12-02-2002, permaneciendo en las mismas condiciones, hasta la presente fecha 27-09-2005, es decir por el lapso de TRES (03) AÑOS, SIETE (07) MESES Y QUINCE (15) DIAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, le falta por cumplir CUATRO (04) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, la cual terminará de cumplir el día 12-02-2010, al finalizar el día. Remítase copias mediante oficio al Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito judicial Penal del Estado Zulia, del referido computo, sentencia y ejecútese. Cúmplase.
El Juez de Ejecución N° 02
Abg. Jesús Orlando Rondón
La Secretaria
Abg
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