JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida 21 de Septiembre de 2005
195° y 146°
Visto el escrito de fecha 20 de septiembre de 2005, suscrito por la ciudadana ELDA DEL CARMEN UZCATEGUI ZERPA, asistida por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS TORO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.424 y hábil, a través del cual consignan escrito en un folio útil oponiendo la cuestión previa prevista en el ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal después de la revisión que hiciera del presente expediente observa que no consta en autos la boleta de Notificación librada a la parte actora donde se le notifica del abocamiento del nuevo Juez Temporal, motivo por el cual este Tribunal tiene al presente escrito como extemporáneo por anticipado. Y Así se decide
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. NELLY RAMIREZ C.
Acen.