REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, veintinueve de septiembre de dos mil cinco.

195º y 146º

Vista la solicitud de estas actuaciones interpuesta por la abogada en ejercicio DALIA GUERRERO QUINTERO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.005, de este domicilio y jurídicamente hábil, en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO NIETO, JOSÉ ALBERTO MESA NIETO Y MARIA FLORA MESA NIETO, venezolanos, mayores de edad, casado, soltero, y divorciada, titulares de las cédulas de identidad números 1.091.826, 4.489.769 y 8.009.110, en su orden respectivamente y civilmente hábiles, conforme a lo cual pide se les declare Título Supletorio de Propiedad, sobre unas mejoras agrícolas consistentes en plantaciones de café, cambural, frutos menores, ubicado en el “Vallecito”, parroquia Milla del Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida. En partición amistosa de las mejoras heredadas en la cual quedaron ubicadas de la manera siguiente: 1) Cuarta Adjudicación para JOSÉ ALBERTO MESA NIETO, se le adjudico unas mejoras consistentes en plantaciones de café, cambural y frutos menores alinderado así: FRENTE O ESTE: Mide ocho metros con cincuenta centímetros (8,50 Mts), con la vía de acceso, separando propiedad que fue del Dr. Ramírez Méndez, hoy de la sucesión de Julio Manrique. LADO DERECHO O NORTE: Mide seis metros (6 mts) en línea recta en dirección al fondo, de aquí cruza perpendicularmente a la izquierda en la medida de tres metros ( 3mts), y desde este punto en dirección al fondo en la medida de siete metros ( 7mts), colinda con lo adjudicado a la sucesion de Filadelfo Mesa Nieto; LADO IZQUIERDO O SUR: Mide doce metros con veinte centímetros (12,20) con mejoras que mas adelante se le adjudican a Maura del Carmen Mesa Nieto, y FONDO U OESTE: Mide cinco metros con cincuenta centímetros (5,50 mts) con propiedad que fue del Dr. Ramírez Méndez, hoy de Tomas Colmenares. 2°) Séptima adjudicación para JOSÉ ANTONIO NIETO, se le adjudico unas mejoras consistentes en plantaciones de café, cambural y frutos menores alinderado así: FRENTE O ESTE: mide ocho metros (8 mts), colinda con la vía de acceso, separando propiedad del Dr. Ramírez Méndez; LADO DERECHO O NORTE: Mide diez metros con cuarenta centímetros (10,40 mts), visto desde el frente, colindando con mejoras adjudicadas a Maria Lucrecia Mesa Nieto; LADO IZQUIERDO O SUR: Mide nueve metros con veinte centímetros (9,20mts), colinda con mejoras que mas adelante se adjudican a Maria Flora Mesa Nieto; FONDO U OESTE: Mide siete metros con cincuenta centímetros (7,50 mts), colinda con propiedad que fue del Dr. Ramírez Méndez, hoy de Arturo Avendaño. 3°) Octava adjudicación para MARIA FLORA MEZA NIETO, se le adjudico unas mejoras consistentes en plantaciones de café, cambural y frutos menores alinderado así: FRENTE O ESTE: mide nueve metros (9 mts), colinda con la vía de acceso, separando propiedad del Dr. Ramírez Méndez; LADO DERECHO O NORTE: Visto desde el frente, mide nueve metros con veinte centímetros (9,20 mts), colinda con mejoras adjudicadas a José Antonio Nieto; LADO IZQUIERDO O SUR: Mide ocho metros con veinte centímetros (8,20 mts) colinda con mejoras que mas adelante se le adjudicaran a Omaira del Carmen Mesa Nieto y FONDO U OESTE: Mide nueve metros (9 mts), colinda con propiedad que fue del Dr. Ramírez Méndez, hoy de Arturo Avendaño, tal como consta en documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Libertador del Estado Mérida, de fecha 16 de Marzo de 2.005, quedo registrado bajo el N° 34, folios 264 al 273, Protocolo Primero , Tomo Vigésimo Quinto, Primer Trimestre del año en curso. Este Tribunal considera las testimoniales rendidas por las ciudadanos JOSÉ ELISEO LEÓN RONDON, JOSÉ ALFREDO TORRES TERÁN y ELSIE AURA KISIS DE MATEUS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 677.863, 3.239.100 y 8.026.242, de este domicilio civilmente hábiles, por ante el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 20 de septiembre de 2.005 y 21 de septiembre de 2.005 quienes declararon que si conocen de vista trato y comunicación desde hace varios años a los ciudadanos JOSÉ ANTONIO NIETO, JOSÉ ALBERTO MESA NIETO Y MARIA FLORA MESA NIETO, que les consta que por haber visitado la casa de los ciudadanos FRANCISCO MESA QUINTERO Y MARCELINA DE LA TRINIDAD MESA DE NIETO (fallecidos) ellos permanecieron allí mas de treinta años y construyeron la casa paterna y las mejoras registradas dejadas a los herederos con dinero de su propio peculio, que igualmente les consta que sobre ese terreno no hubo reclamación alguna y nadie se presentó a reclamar, y que tampoco se le conoce dueño, así mismo les consta todo lo expuesto. De las declaraciones rendidas por los testigos, plenamente identificados, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de los solicitantes, por tal razón este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIAN DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil vigente, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTEMENTE las pruebas presentadas para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de los ciudadanos: JOSÉ ANTONIO NIETO, JOSÉ ALBERTO MESA NIETO Y MARIA FLORA MESA NIETO, anteriormente identificados, sobre las mejoras agrícolas consistentes en plantaciones de café, cambural y frutos menores ubicadas sobre un terreno indicado con anterioridad y que según los solicitantes dichas adjudicaciones sobre las mejoras están valoradas en la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 900.000,oo); configurándose este decreto en TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD SOBRE DICHAS MEJORAS A FAVOR DE LOS CIUDADANOS JOSÉ ANTONIO NIETO, JOSÉ ALBERTO MESA NIETO Y MARIA FLORA MESA NIETO. Se dejan a salvo los derechos de terceras personas. Déjese constancia en el Libro Diario.
El JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO.

LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO


ACZ/SQQ/lvpr.-