REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veinte de abril de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: LP21-L-2005-000385
ACTA DE DESISTIMIENTO
PARTE ACTORA:
RAMON ANTONIO CALDERON ALBARRAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.039.959, de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
ROSAURA DEL SOCORRO GUILLÉN TORRES Y RAMÓN ETEBOLDO DUGARTE GÓMEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 60.948 y 66.732.
PARTE DEMANDADA:
SERENOS REX C.A.
MOTIVO:
Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.
En el día hábil de hoy veinte (20) de abril de dos mil seis (2.006), siendo las 9.00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de: Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales; se deja expresa constancia de que la parte actora RAMON ANTONIO CALDERON ALBARRAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.039.959, de este domicilio, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Juez,
Abg. Yajaira Rojas de Ramírez
La Secretaria,
Abg. Yurahi Gutiérrez.
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