REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía.
El Vigía, tres de abril de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: LP31-L-2005-000048



SENTENCIA

PARTE ACTORA: ALVARO LARROTA PEREZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: RICHARD HERNADEZ.
PARTE DEMANDADA: JOSE DOMINGO MARQUEZ BUSTAMANTE Y MATADERO BUENA VISTA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DIRCIA CAMPOS DE TORRES Y CRISTINA GUERRERO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, lunes trece (13) de febrero de 2006, siendo las 03:15 p.m. día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano: ALVARO LARROTA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V- 23.204.550, en su condición de parte actora, y su apoderada abogado: LUZ ESTELLA BOADA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 65.898, y el ciudadano: JOSE DOMINGO MARQUEZ BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V- 1.704.714,en su condición de parte demandada, y las abogados en ejercicio: DIRCIA CAMPOS DE TORRES Y CRISTINA GUERRERO, inscritas en el inpreabogado bajo los Nros 51.397 y 21.876, respectivamente, en su condición de apoderadas judiciales de la parte demandada, carácter que consta en autos, dándose así inicio a la audiencia. quienes han llegado al siguiente acuerdo transaccional: La parte demandada ofrece a la apoderada de la parte demandante la cantidad total de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.500.000,00), Dicha suma comprende los conceptos derivados de la relación laboral, dicho monto será cancelado de la siguiente manera PRIMERO: dicho pago se realizará en siete cuotas la primera por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) que serán entregados en fecha 01 de marzo de 2006, participando su cumplimiento por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta sede alterna, la segunda cuota por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) que serán entregados al trabajador en fecha 03 de abril de 2006, participando su cumplimiento por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta sede alterna, la tercera cuota por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) que serán entregados al trabajador en fecha 02 de mayo de 2006, participando su cumplimiento por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta sede alterna, la cuarta cuota por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) que serán entregados al trabajador en fecha 05 de junio de 2006, participando su cumplimiento por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta sede alterna, la quinta cuota por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) que serán entregados al trabajador en fecha 03 de julio de 2006, participando su cumplimiento por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta sede alterna, la sexta cuota por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) que serán entregados al trabajador en fecha 01 de agosto de 2006, participando su cumplimiento por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta sede alterna, la séptima cuota y ultima cuota por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) que serán entregados al trabajador en fecha 04 de septiembre de 2006, participando su cumplimiento por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta sede alterna. SEGUNDO: La parte actora declara expresamente que acepta el pago que le hace la demandada en los términos expuestos y en consecuencia, declara que nada mas tiene que reclamar, por los conceptos demandados. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Ordenándose el archivo del expediente en el momento que conste el cumplimiento total de la obligación. Se deja constancia que se hace entrega a las partes de sus escritos de pruebas.


La Juez




Abg. Reina Rosa Rondón Graterol