REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 02

El Vigía, 05 de Abril de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2000-000056
ASUNTO : LL11-P-2000-000056

Reingresado como fue el Recurso de Revisión interpuesto por este Tribunal de Ejecución N° 01, el cual fue declarado con lugar donde quedó modificada la sentencia que debería cumplir la penada: MARIA ROSA MEZA ALVARADO, a tal efecto, se ordena elaborar cómputo de pena tal como lo establece el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, para determinar la pena de cumplimiento, en tal sentido se observa que la penada fue detenida el día 23-10-2000, permaneciendo en las mismas condiciones hasta la presente fecha 05-04-2006, es decir, por 05 Años, 05 Mes y 13 Días, que sumado a una redención de fecha 3-11-2005 de 05 meses, 28 días y 12 horas, es por lo que tiene cumplida de su pena con redención 05 años, 11 meses, 11 días y 12 horas y por cuanto le fue modificado el quantum de la pena impuesta a la Penada: MARIA ROSA MEZA ALVARADO y la condena a cumplir la pena de 08 Años de Prisión, por la comisión del delito de: TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, es por lo que le falta por cumplir 02 Años, 18 días y 12 horas, la cual cumplirá el día 24/04/2008, a las 12 del día. Notifíquese a la penada, a la Defensa y al Fiscal XIII del Ministerio Público. Cúmplase.-

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01

ABG. MERCEDES DEL PILAR LA TORRE VILORIA


LA SECRETARIA