REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMRA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Mérida, Veinte de Abril del dos mil seis.-
196° y 147°
Vista la diligencia de fecha veinte de abril del dos mil seis, suscrita por la abogado LIVIA GUERRERO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 47.420, con el carácter de apoderada judicial de la parte actora en el proceso, mediante la cual solicita que se proceda a designarle defensor judicial a la parte demandada ciudadano GONZALEZ JOSE GRACILIANO. El Tribunal por cuanto observa que realmente se encuentra llenos los extremos exigidos en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, visto el oficio emanado del JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en Ejido, de fecha 22 de febrero del 2.006, donde informa que fue fijado el cartel de citación librado para la parte demandada, en consecuencia se ordena designarle defensor judicial al ciudadano GONZALEZ JOSE GRACILIANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 3.960.82,7 domiciliado en jurisdicción del Municipio Campo Elías del Estado Mérida, recayendo dicho cargo en la abogado MAVELYS RODRIGUEZ LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 12.351.402, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 96.490, de este domicilio y civilmente hábil, quien deberá comparecer por ante este despacho en el SEGUNDO DIA DE DESPACHO, siguiente al que conste en autos su notificación, en cualquiera de las horas de despacho fijadas en la tablilla del tribunal , para que manifieste su aceptación o nó al cargo y en el primero de los casos preste el juramento de Ley. Con la advertencia de que los lapsos para que tenga lugar el PRIMER ACTO RECONCILIATORIO de este proceso, comenzará a computarse una vez que se haya juramentado la Defensor Judicial, acogiéndose este juzgado a la sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, según ponencia del Magistrado Dr. Iván Rincón, de fecha 28 de mayo del 2.002. Líbrese boleta de notificación y entréguese a la alguacil del Tribunal para que la haga efectiva.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN
En la misma fecha se libro la boleta de notificación para la defensor judicial y se entregó a la alguacil para que la haga efectiva.-
LA SRIA ACC.
ABG. ESCALANTE N.