REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veinte de abril de dos mil seis.-
196º y 147º

Vista la diligencia de fecha dieciocho de abril del presente año, suscrita por el abogado en ejercicio LUIS LOBO FERNANDEZ, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora en el proceso, mediante la cual solicita la citación por carteles de la parte demandada, el Tribunal acuerda conforme lo solicitado. En consecuencia se ordena citar por carteles a la parte demandada, ciudadano VICTOR MANUEL SALAZAR BELLOSO, de conformidad con el Art. 223 del Código de Procedimiento Civil a fin de que se de por citado en el presente juicio, en el término de los QUINCE DIAS DE DESPACHO, siguientes a la publicación y consignación que en autos se haga del cartel, y de la constancia en autos de la fijación de otro cartel en la puerta de la morada, oficina o negocio de la demandada, el cual se ordena publicar en dos diarios de amplia circulación en el Estado Mérida, a escoger entre Frontera, Diario de Los Andes, Pico Bolívar y o/ El Cambio con el intervalo de Ley, o sea tres días entre una y otra publicación. Líbrense los carteles y entréguesele dos a la parte actora para su publicación por la prensa y un tercer cartel, para que sea fijado en la puerta de la morada, negocio u oficina del demandado. Advirtiéndose en los carteles que de no comparecer en el lapso señalado, se le nombrara Defensor con quien se entenderá la citación. Se hace a saber a las partes que el cartel ordenado a librar deberá ser publicado con tamaño de letra no inferior a siete puntos y en tipo de letra helvético y bajo apercibimiento de que se no lo fuera, el Tribunal no lo dará por legalmente publicado. Líbrese carteles.-

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO


LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN
En la misma fecha se libraron los carteles y se le entregaron dos a la parte actora para su publicación en la prensa y uno se entregó a la Secretaria del Tribunal para su fijación conforme a la Ley.-
LA SRIA.
ESCALANTE N.