REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Mérida, veinte de abril de dos mil seis.-----------------------------------------------------------------------------
195º y 147º
Vista la diligencia de fecha 06 de abril de 2006, suscrita por el abogado JORGE LUIS MORALES RAMIREZ, apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se decrete MEDIDA DE SECUESTRO sobre los inmuebles propiedad de los ciudadanos ADELMO GUILLERMO QUINTERO STRAUS y EMILIO ROBERTO QUINTERO STRAUS, partes co-demandadas en el proceso y visto igualmente que en fecha 10 de abril de 2006, se decreto MEDIDAS DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre los inmuebles propiedad de los ciudadanos ADELMO GUILLERMO QUINTERO STRAUS y EMILIO ROBERTO QUINTERO STRAUS, partes co-demandadas en el proceso. Este Tribunal NIEGA la MEDIDA DE SECUESTRO, solicitada por cuanto las medidas preventivas son para garantizar las resultas del juicio y considera este Juzgador que con las MEDIDAS DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretadas, es suficiente para garantizar las resultas del juicio. Y así se decide.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG: AMAHIL ESCALANTE N.