TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL Nº 02 Mérida, Catorce de Agosto del año dos mil seis.-


196º y 147º

Revisado como ha sido el presente expediente y por cuanto de las actas que integran el mismo se evidencia que la ciudadana CRISTINA VICTORIA VERA RAMIREZ cumplió la mayoría de edad, según se puede evidenciar en la Copia Certificada de la Partida de Nacimiento Nº 2307, que corre inserta al folio once (11). En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 6799, DEMANDANTE: RAMIREZ RUIZ ANELIDA. DEMANDADO: VERA NAVA ELIEZER JOSE. MOTIVO: PRIVACION PATRIA POTESTAD. Procedencia: JUZGADO PRIMERO DE MENORES; Fecha de Entrada: 30-04-2003. CÚMPLASE.

LA JUEZ TITULAR UNIPERSONAL Nº 02


ABOG. GLADYS JASPE DE OCANDO

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior

LA SRIA

Fm/6799