TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 02. Mérida, cuatro (04) de agosto del año dos mil seis.

196º y 147º


VISTO.- La solicitud presentada por la ciudadana MARIA EUGENIA GONZALEZ RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.964.465, domiciliada en la Mucuy Baja, Sector El Salado Nº 40, Tabay, Municipio Capital Santos Marquina del Estado Mérida y hábil, quien debidamente asistida por los abogados en ejercicio ROLANDO VAN GRIEKEN Y MARIA TERESA MORAN, titulares de las cédulas de identidad Nºs V- 8.034.436 y V-8.046.287, inscritos en el inpreabogados bajo los números 110.564 y 42.753, en su orden, solicitan en su carácter de legitima madre y representante legal del adolescente OMITIR NOMBRE, de quince (15) años de edad, y titular de la cedula de identidad Nº V- 20.432.063, la AUTORIZACIÓN JUDICIAL para que el adolescente ORLANDO JOSE AVILA GONZALEZ, viaje hacia el país de España, a la ciudad de Madrid y Valencia, con la finalidad de disfrutar el periodo de vacaciones escolares y donde estará bajo la responsabilidad del Señor CARLOS GUSTAVO GONZALEZ RODRIGUEZ, español, mayor de edad, identificado con DNI Nº 53606953W, casado domiciliado en la calle Rio Jucar Nº 7, Barrio San José del sector Picasent, Valencia, España, quien es su tío materno. Viaje que hará sin ninguna compañía, desde el Aeropuerto Alberto Carnevali de la Ciudad de Mérida, Estado Mérida hasta el Aeropuerto de Maiquetía Estado Vargas de la Republica Bolivariana de Venezuela y desde Maiquetía hasta el Aeropuerto de Barajas de la Ciudad de Madrid, España entre el 17 y 20 de agosto del 2006, retornando a la Republica Bolivariana de Venezuela desde Madrid, España, Maiquetía, Estado Vargas y Mérida Estado Mérida entre el 14 y 17 de octubre del 2006----------------Indicando la solicitante ciudadana MARIA EUGENIA GONZALEZ RODRIGUEZ, su deseo de inscribir a su hijo el adolescente OMITIR NOMBRE en la comunidad Europea y tramitar su pasaporte de la Comunidad Europea ya que es española por nacimiento y nacionalizada venezolana.---------------------------------------------------------- Vistos los recaudos presentados por la parte interesada, así como la opinión dada ante este Tribunal por el adolescente OMITIR NOMBRE, dando cumplimiento con lo ordenado en el articulo 80 de la Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente, donde manifestó su deseo de realizar el viaje, vista igualmente la declaración de la Ciudadana MARIA EUGENIA GONZALEZ RODRIGUEZ, mediante la cual manifiesta que el permiso o Autorización Judicial se extienda a los países Portugal, Francia y España, retornando a este país durante el mes de octubre del 2006, así como la publicación del cartel de citación del ciudadano ORLANDO JOSE AVILA COITA, en su carácter de legitimo padre del prenombrado adolescente, previa a las formalidades de Ley el cual aparece publicado en el Diario El Nacional de fecha 27 de Junio del 2006, quien no compareció a este tribunal. Asi como los testimoniales de los ciudadanos: OROMAYCA DAYRUD FLORES SIERRA y MAURO ALEXANDER CONTRERAS ROSALES, titulares de las Cédulas de identidad Nºs. 14.589.441 y 12.747.681 respectivamente y por cuanto de la revisión de las actas, documentos y demás recaudos que integran el presente expediente civil Nº 02899, se desprende que el viaje a realizar el adolescente OMITIR NOMBRE, es de INTERES SUPERIOR, ya que le permitirá conocer nuevas culturas e incrementar su intelecto personal, en consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONCEDE AUTORIZACIÓN JUDICIAL SOLICITADA, de conformidad con lo establecido en los Artículos 177, Parágrafo Cuarto, Literal “e” 393 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, a fin de que el adolescente OMITIR NOMBRE viaje a cargo de la tripulación aérea, hacia los países de España, Portugal y Francia durante el lapso arriba indicado “Se deja constancia expresa que el adolescente OMITIR NOMBRE, viajará por cuenta y riesgo de su representante legal ciudadana MARIA EUGENIA GONZALEZ RODRIGUEZ”. Entréguese por Secretaria copia debidamente Certificada de la presenta Autorización Judicial a la parte interesada a los fines legales pertinentes.

LA JUEZ PROVISORIO DE JUICIO Nº 02.

ABOG. GLADYS JASPE DE OCANDO.


LA SECRETARIA TITULAR.

ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS.


LA SRIA.

ZGR/02899.-