REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. El VIGÍA. El Vigía, diez (10) de agosto de dos mil seis.---

196 y 147º

Vista el acta de fecha 10 de agosto de 2006, inserta al folio 29 del presente expediente, la cual los ciudadanos DÁVILA ROJAS RICHARD HENRRY y RIVAS ALTUVE MARVELIS LAISINETH manifiestan al Tribunal su voluntad de desistir del presente procedimiento por hubo reconciliación entre las partes, a los fines de que el Tribunal provea el cierre y archivo de expediente. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA SALA DE JUICIO EL VIGÍA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; igualmente, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el solicitante no podrá proponer otra solicitud antes que transcurran noventa (90) días de conformidad con el Artículo 266 ejusdem, por lo que se ordena el cierre y archivo del presente expediente Nº 1761 DEMANDANTE: RIVAS ALTUVE MARVELIS LAISINETH DEMANDADO: DÁVILA ROJAS RICHARD HENRRY Motivo: FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, Procedencia: Defensa Pública con sede en la ciudad de El Vigía. Fecha de Entrada: 06-06-2006. CÚMPLASE.------------------------------------------------------------------------------------------------

LA JUEZA TEMPORAL


ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA

LA SECRETARIA


ABG. NAYARIB MONSALVE U.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SRÍA.
Exp. Nº 1761.
CAVM.-