REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2001-000262
ASUNTO : LL11-P-2001-000262
Visto que en fecha 18-07-06, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, modifico el quantum de la pena que deberá cumplir el penado ENDER FRANCISCO RAMIREZ, quedando esta en OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por el delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, al efecto este Tribunal ordena elaborar computo actualizado para verificar la fecha en que el penado cumplirá su condena tal como lo establece el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se OBSERVA que fue detenido el 01-02-2000, permaneciendo en las mismas condiciones hasta la presente fecha 01-08-2006, es decir por SEIS (06) AÑOS, SEIS (06) MESES que sumados una redención de fecha 11-03-04, de DOS (02) MESES, TRECE (13) DIAS, le da un total de pena cumplida con redención de SEIS (06) AÑOS, OCHO (08) MESES, TRECE (13) DIAS, y por cuanto se evidencia que le fue modificada la pena, a OCHO (08) AÑOS DE PRISION, es por lo que le falta por cumplir UN (01) AÑO, TRES (03) MESES, DIECISIETE (17) DIAS, la cual culminara el dieciocho de Noviembre del 2007 (18-11-2007), al finalizar el día. En tal sentido notifíquese a la Ministerio público, a la Defensa y al penado (recluido en el Centro Penitenciario de Occidente santa Ana del Táchira), remítase copia del presente cómputo al Juez de Ejecución Cuarto del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, al Centro Penitenciario de Occidente, ubicado en Santa Ana del Táchira, y al Centro Penitenciario de la Región Andina. Líbrese lo correspondiente. Cúmplase.
JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02
Abg. JESUS ORLANDO RONDON CONTRERAS.
La Secretaria.
Abg