REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA. SECCION DE ADOLESCENTES. JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÒN. MERIDA; 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2006.--------------------------------------------------------------

196º y 147º
ASUNTO: AUTO DE REVISION DE MEDIDA.
CAUSA: E1-334-05
DEFENSORA PRIVADA: ABOG. ZULMA MARIA CARRERO.
FISCALIA: DECIMA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
VICTIMA: BRICEÑO SOSA DAVID ALEJANDRO.
DELITO: VIOLACION.
MEDIDAS VIGENTES: REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA: CULMINAN 27 de junio del año 2007.
Revisados como ha sido el informe inserto a los folios doscientos ochenta (280) al doscientos ochenta y dos (282), suscrito por la Licenciada Marilina Chourio, Psicóloga adscrita, de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, Sede Principal, quien debido a la ausencia laboral de la Psiquiatra Milagros Lucambio, se encargó del seguimiento y control de la medida libertad asistida, impuesta al sentenciado IDENTIDAD OMITIDA, en el que señala que el adolescente ha evolucionado en el área educativa, en la conciencia sobre los hechos cometidos y en cuanto a la responsabilidad en el cumplimiento de las sanciones impuesta; este Tribunal para decidir observa:
El adolescente sentenciado ha venido cumpliendo con lo impuesto y siendo que la sustitución de las medidas solo obedece a que el cumplimiento de las mismas afecte el desarrollo del sentenciado o no cumpla con el fin educativo que la Ley persigue, esta Juzgadora considera que debe continuar su ejecución en los términos expuestos en el auto de ejecución de sentencia dictado en fecha 16 de junio del año 2005, inserto a los folios doscientos veintinueve (229) al doscientos treinta y uno (231).------------------------------
El buen funcionamiento de la fase, depende que culmine con éxito la formación de los adolescentes, como ciudadanos aptos para responder a las exigencias de la vida social; siempre tomando en consideración, el respeto a los derechos de la víctima, objetivo del proceso en cualquier etapa.----------------------------------------------------------------------------------
La finalidad de las medidas impuestas mediante una sentencia condenatoria, es lograr el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente y la adecuada convivencia con su familia y con su entorno social y se esa meta se está cumpliendo, la medida no debe sustituirse, ni modificarse.-------------------------------------------------------------------------------------
DISPOSITIVA

Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 646 y 647 letra “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: La continuación del cumplimiento de las medidas de reglas de conducta y libertad asistida que el sentenciado IDENTIDAD OMITIDA cumple en la actualidad, en los mismos términos descrito en el auto fundado ejecutando la sentencia condenatoria, dictado en fecha 16 de junio del año 2005.---------------------------------------------
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 647 letra “e” de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente se fija como fecha provisional para la revisión de las medidas el dìa 14 de enero del año 2007. Ofíciese a la Trabajadora Social y a la Psicólogo. Notifíquese a la defensa y a la Fiscal del Ministerio Público.---------------------------
Diarícese y regístrese. Cúmplase. ---------------------------------------------------------------------------

LA JUEZA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Nº 1

ABOG. MELISA QUIROGA DE SANCHEZ.

EL SECRETARIO

ABOG. PEDRO MONSALVE

En fecha__________________ se cumplió con lo ordenado y se libraron boletas Nº___________________ y oficio Nº_______________


Sria.