REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, ocho de agosto de dos mil seis.

196° y 147°

Visto el convenimiento, de fecha 13 de julio de 2.004, (folio 199 y su vuelto) del cuaderno separado de mandamiento de ejecución, efectuado por ambas partes, DANIEL FELIPE SALAS PEÑA y ERASMO ANTONIO MORÓN MORENO, debidamente asistidos de abogado, y vista igualmente la diligencia de fecha 3 de agosto de 2.006 (folio 240), suscrita por los prenombrados ciudadanos, mediante la cual la parte actora manifiesta que el demandado ha cancelado en su totalidad la deuda contraída, solicitan se suspendan las medidas de embargo y se de por terminado el juicio, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA dicho CONVENIMIENTO de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, declara terminado el presente juicio y habiendo sido solicitado en forma personal por las partes, suspende las medidas de embargo decretadas por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 08 de abril de 2.003 y practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Bolívar, Punceres, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, conforme a las actas de fecha 29 de abril de 2.003, inserta del folio 6 al folio 11 con sus respectivos vueltos del cuaderno separado respectivo, sobre: 1º) Ocho (08) acciones desde la número 6655 hasta la número 6662, ambas inclusive, que conforman parte del 50% de dieciséis acciones de la Policlínica Maturín C.A., ubicada en la Avenida Fuerzas Armadas cruce con la calle 6 de la ciudad de Maturín Municipio Maturín del Estado Monagas, corresponden al ejecutado por la comunidad conyugal existente entre el ejecutado y la ciudadana MARÍA DEL ROSARIO RODRÍGUEZ DÍAZ, adquiridas dichas acciones según consta en acta de asamblea de fecha 17 de octubre de 1.995, inscrita bajo el número 21, Tomo A-1, registrada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Ofíciese. 2º) El 50% del valor de un inmueble ubicado en el Callejón las Flores, Sector Pararisito, Maturín Estado Monagas, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En veinte metros (20 mts) Callejón Las Flores que es su frente; SUR: En veinte metros (20 mts) su fondo respectivo; ESTE: En veintisiete metros (27 mts) con casa que es o fue de Silverio Chaparro y OESTE: En veintidos metros (22 mts) casa de Isael Chaparro que le corresponde al ejecutado en propiedad por la comunidad existente con la condómina MARÍA DEL ROSARIO RODRÍGUEZ DÍAZ, según consta en documento notariado por ante la Notaría Pública de Maturín Estado Monagas, en fecha 12 de junio de 1.991, anotado bajo el número 7, Tomo 80 de los Libros de Autenticaciones llevados en esa Notaría. Ofíciese. 3º) El 50% del valor de un inmueble sobre un lote de terreno ubicado en la Calle 2, número 48, Urbanización Brisas del Aeropuerto, entre transversal 4 y 5, alinderado así: NORTE: Casa que es o fue de Antonio Tomasello, en cuarenta y tres metros con setenta y cinco (43,75 mts); SUR: Casa que es o fue de Auristela Martínez, con cuarenta y tres metros con setenta y cinco (43,75 mts); ESTE: Su fondo correspondiente en catorce con sesenta y cinco metros (14,65 mts) y OESTE: calle 2 que es su frente en quince con noventa metros (15,90 mts) adquiridos por el ejecutado en comunidad con la condómina ciudadana MARÍA DEL ROSARIO RODRÍGUEZ, según consta en documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Estado Monagas, del año 1.997, registrado bajo el número 38, Tomo 13, Protocolo Primero, Trimestre en curso. Ofíciese. 4º) Sobre el 50% de una casa ubicada en la calle 11 casa número 30 de la Urbanización Paramaconi, Segunda Etapa de la ciudad de Maturín Estado Monagas, constituida por un terreno y la vivienda sobre ella construida y alinderada así: ESTE: Calle 11; OESTE: Parcela número 20 de la Avenida 6; SUR: Caminerías y zona verde y parcela de la calle 11; NORTE: Con parcela 28 de la calle 11, con una superficie de ciento veintisiete metros con sesenta centímetros cuadrados (127,60 mts2), y la calle una superficie construida de cuarenta con sesenta metros cuadrados (40,60 mts2) adquirido por el ejecutado en comunidad conyugal con la condómina MARÍA DEL ROSARIO RODRÍGUEZ DÍAZ, según consta en documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Primer Circuito del Municipio Autónomo Maturín del Estado Monagas, anotado bajo el número 43, Protocolo Primero, Tomo 23, Cuarto Trimestre de fecha 19 de noviembre de 1.993. Ofíciese.

EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

GLORIA CAJAVILCA CEPEDA.

En la misma fecha se oficio a los organismos competentes bajo los números 4.166-2.006, 4.167-2.006, 4.168-2.006 y 4.169-2.006. Conste,

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

GLORIA CAJAVILCA CEPEDA.