REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS
LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO MÉRIDA

196° y 147°

Vista la diligencia de fecha 1° de Agosto de 2006 (folios 22 y 23), suscrita por los ciudadanos José Luis Arévalo González y Zoyrett Fabiola Querales Uzcátegui, parte demandada en el juicio, asistidos por la abogada María Lourdes Monzón Molina, identificada en autos, y por el abogado Daniel Enrique Quintero Sutil, identificado en autos, con el carácter de Apoderado Judicial de la empresa mercantil “SERVICIOS INTEGRALES QUINTERO NÚÑEZ C.A. (SERINT C.A.)”, parte demandante, mediante la cual deciden poner fin al juicio mediante una transacción. En consecuencia, este Tribunal le imparte su homologación con el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. En consecuencia, se suspende la medida preventiva de Secuestro decretada. Y no se archive el expediente mientras no conste en autos el total cumplimiento de las obligaciones contraídas por la parte demandada.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, a los nueve días del mes de Agosto del año dos mil seis.-

La Juez Provisorio,



Abg. Roraima Méndez de Maggiorani.-


El Secretario,


Abg. Jesús Alberto Monsalve.-