TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO. Nº 02. Mérida, Diecinueve de diciembre del año dos mil seis.-

196º y 147º

Revisado como ha sido el expediente y vista el acta levantada en esta misma fecha, en la cual la ciudadana MARILU PEREZ RANGEL, titular de la cédula de identidad Nº V-10.714.511, manifiesta que el adolescente OMITIR NOMBRE, en la actualidad se encuentra trabajando en una agencia de festejos, que ha mejorado su comportamiento, acepta normas y recomendaciones y considera que el mismo ha cambiado, asimismo presente la Fiscal Novena de Protección Abog. YVONNE RANGEL VELASQUEZ, solicita que en virtud de lo expuesto por la madre del adolescente, quien se encuentra trabajado, portándose bien y asumiendo una conducta responsable se proceda al cierre y archivo del expediente, igualmente el Tribunal le recomendó al adolescente a inscribirse en cualquiera de las misiones, ya que es una necesidad lograr su formación., En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 04811 SOLICITANTE: OMITIR NOMBRE (ADOLESCENTE); MOTIVO: MEDIDA DE PROTECCION. Fecha de Entrada: 17-05-2002. CÚMPLASE.

JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 02


ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior

LA SRIA

Logv/04811