TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL Nº 01. Mérida, cinco (05) de diciembre del año dos mil seis.-
196º y 147º
Vista el acta que antecede, en la cual la ciudadana AURA MARÍA USECHE DE HERNÁNDEZ manifiesta al Tribunal que desiste de la presente solicitud de Colocación Familiar de la niña OMITIR NOMBRE, por encontrarse delicada de salud, además que su progenitora ELSA HERNÁNDEZ en la actualidad esta en condiciones de tenerla, y estando presente la prenombrada ciudadana en la referida acta manifestó estar dispuesta a darle cariño y protección que su hija requiere. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; igualmente, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el solicitante no podrá proponer otra solicitud antes que transcurran noventa (90) días de conformidad con el Artículo 266 ejusdem, por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente Nº 15.201, Demandante: USECHE DE HERNÁNDEZ MARÍA. NIÑA: OMITIR NOMBRE, Motivo: MEDIDA DE PROTECCIÓN, Procedencia: CONSEJO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EDO. MÉRIDA, Fecha de Entrada: Día 05 Mes Octubre Año 2006. CÚMPLASE.
LA JUEZA TITULAR UNIPERSONAL Nº 01
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DÁVILA
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLÉN RAMÍREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
LA SRIA
Dms/15.201.-
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