REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio No. 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 15 de Diciembre del 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-009092
ASUNTO : LP01-P-2005-009092


RESOLUCIÓN.


Vista la solicitud presentada por ante este Tribunal de Juicio por el ciudadano Abogado: OSCAR LUJANO, Defensor Público Penal No. 13° en representación del acusado, HUGO JAVIER PUENTES SIBERIO, titular de la cédula de identidad No. V-15.754.490, donde señala que:


“…Es el caso honorable Juez, que en fecha 18 de Septiembre del año 2006, el Tribunal pasa a dictar sentencia definitiva en la causa antes mencionada, en la cual existe un error en cuanto al nombre de uno de los acusados, quedando registrado en el auto como Hugo Alexander Puentes Siberio, portador de la cédula de identidad N° 15.754.490. Ahora bien a los fines de remitir la causa al Tribunal de Ejecución correspondiente, solicito sea corregido el error de identificación, siendo su nombre como aparece en la Partida de Nacimiento No. 1141 foliio 71 libro de registro de nacimiento No. 4, sp. 1 del año 1981 suscrita por la Autoridad Civil de la Parroquia San José Municipio Libertador del Distrito Federal. Siendo su nombre HUGO JAVIER PUENTES SIBERIO, solicitud que hago en vista que ha pasado dos meses de la sentencia definitiva y no ha pasado la causa al Tribunal de Ejecución para tramitar el beneficio de ley correspondiente…”.


Este Tribunal a los fines de decidir previamente observa:


Consta efectivamente en la causa copia simple de la Cédula de Identidad del Acusado, como también de la Partida de Nacimiento del mismo, en los cuales se puede determinar claramente que el nombre del referido ciudadano es: HUGO JAVIER PUENTES SIBERIO.

En tal sentido, este Tribunal de Juicio No. 05 procedió a revisar detenidamente el Texto Integro de la Sentencia Definitiva dictada por este mismo Tribunal en fecha 18-09-2006, y encuentra que tanto en el Capitulo I, referente a la “Identificación de los Acusados”, como en el Capitulo III, relacionado con “La Solicitud Fiscal y la Calificación Jurídica”, al igual que en el Capitulo IV, identificado como “Solicitud de la Defensa”, lo mismo que en el Capitulo V, atinente a “Los Acusados”, y también en el Capitulo VI, relativo a los “Hechos Acreditados”, así como también en el Capitulo VII, denominado “Fundamentos de Hecho y de Derecho”, aparece plenamente identificado el mencionado ciudadano como: HUGO JAVIER PUENTES SIBERIO, venezolano, mayor de edad, de 24 años, estado civil soltero, profesión obrero, titular de la cédula de identidad No. V-15.754.490, hijo de los ciudadanos: Hugolino Puentes y América Siberio, domiciliado en la Calle Camejo, Casa No. 5-A, Ejido, Estado Mérida.


Sin embargo, a pesar de ello observa este Tribunal que en el Capitulo VIII, que contiene la parte “Dispositiva”, tanto en el literal “PRIMERO”, como en el literal “CUARTO” de la decisión, insertos en la causa en el folio No. 111 de las actuaciones, existe ciertamente un error material involuntario en la transcripción del nombre del acusado, por cuanto allí aparece identificado como: HUGO ALEXANDER PUENTES SIBERIO, cuando en realidad su verdadero y legítimo nombre es el de HUGO JAVIER PUENTES SIBERIO, vale decir, su segundo nombre es “JAVIER” y no “ALEXANDER” como equivocadamente se transcribió en la parte dispositiva de la sentencia, anteriormente señalada y descrita.


Ahora bien, este Tribunal de Juicio procediendo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal, procediendo a solicitud o petición de parte interesada, procede a rectificar el error material producido en la parte dispositiva de la sentencia definitiva, subsanando de esta forma el mismo. Y ASÍ SE DECIDE.


DISPOSITIVA.


En base a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Con Lugar la solicitud presentada por el Abogado: OSCAR LUJANO, Defensor Público Penal No. 13°, y en consecuencia procede a rectificar el error material producido en la parte dispositiva de la sentencia definitiva, dictada en fecha 18-09-2006, en lo que respecta al segundo nombre del acusado, cuyo nombre completo es el de: HUGO JAVIER PUENTES SIBERIO, venezolano, mayor de edad, de 24 años, estado civil soltero, profesión obrero, titular de la cédula de identidad No. V-15.754.490, hijo de los ciudadanos: Hugolino Puentes y América Siberio, domiciliado en la Calle Camejo, Casa No. 5-A, Ejido, Estado Mérida, todo de conformidad con lo dispuesto expresamente en el Artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente se acuerda agregar una Copia Certificada de la presente Resolución a la Sentencia Definitiva dictada, así como librar oficio con copia de la presente resolución dirigida al Centro Penitenciario de la Región Andina.


Notifíquese y Cúmplase.





Abg. VICTOR HUGO AYALA.
JUEZ DE JUICIO No. 05.








Abg. KARINA VILLARREAL.
SECRETARIA.