REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 01
El Vigía, 12 de diciembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2000-000039
Visto el oficio N° 274, de fecha 23-11-2006, procedente del Centro Penitenciario Región los Andes con sede en San Juan de Lagunillas del Estado Mérida, por medio del cual informan que el cómputo de Beneficio de Régimen Abierto correspondiente a la penada: MARIA ANGELICA ROJAS, presentó error involuntario en el tiempo que le falta por cumplir y cuando finaliza la misma, este Tribunal, a los fines de dar respuesta al mencionado oficio, procede a elaborar el computo actualizado, para verificar el cumplimiento de pena del referido penado, a tal efecto se observa que dicha penada fue detenida en una primera oportunidad en fecha 12-03-1997, permaneciendo en las misma condiciones hasta el 08-08-2000, (fecha en que se revocó el Local AD-HOC); es decir por un lapso de TRES (03) AÑOS, UN (01) MES Y VEINTISIETE (27) DIAS, posteriormente fue detenida el 19-06-06, permaneciendo en iguales condiciones hasta el 08-12-2006, es decir, por CINCO (05) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS, sumadas ambas detenciones da un total de pena cumplida sin redención de TRES (03) AÑOS, SIETE (07) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS, y por cuanto fue sentenciada a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, le falta por cumplir DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y CATORCE (14) DIAS, la cual cumplirá el día 22-04-2009 al finalizar el día. Remítase copia certificada del presente cómputo con oficio a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina. Cúmplase.---
JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01
ABG. MERCEDES DEL PILAR LA TORRE VILORIA
LA SECRETARIA
ABG.___________________