REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y MENORES
GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, doce de diciembre de dos mil seis.
196° y 147°
Visto el auto de fecha 29 de noviembre del 2.006, que obra a los folios 75 al 76 y vueltos, mediante el cual esta Alzada acordó notificar mediante boleta al ciudadano OSCAR ALEXANDER MEJÍAS, para que compareciera por ante este Juzgado, dentro de los dos días de despacho siguientes a que constara en autos su notificación, a las once de la mañana, a los fines de que sostuviera una entrevista con el suscrito, advirtiéndole que en caso de contumacia, este Juzgador tomaría las acciones a que hubiere lugar.
Ahora bien, se evidencia de las actas procesales, que al folio 79 del expediente, obra diligencia de fecha 06 de diciembre de 2006, suscrita por el ciudadano Alguacil de este Juzgado, mediante la cual textualmente expuso: “…que este mismo día del corriente mes y año, siendo las diez y veinte de la mañana (10:20 am), me trasladé a la calle 26 entre Avenidas 2 Lora y 3 Independencia, Residencias El Viaducto II, piso 5 apartamento 5-3 de esta ciudad de Mérida, para Notificar al ciudadano OSCAR ALEXADER MEJIAS en su condición de pareja de la ciudadana LUSBETH DEL VALLE RAMIREZ PALAZZI parte DEMANDADA en el expediente N° 4552, encontrándome en la señalada dirección fui atendido por la ciudadana quien se identifico como: LUSBETH DEL VALLE RAMIREZ PALAZZI, de Cédula de Identidad Nº 9.476.268, manifestándome que el ciudadano en mención no se encontraba razón por la cual le hice entrega boleta de notificación, librada en el expediente Nº 4552.No expuso más. …”, quedando en consecuencia legalmente notificado.
Por acta de fecha 08 de diciembre del año en curso (folio 80) este Tribunal dejó constancia que siendo el día y hora fijada para que tenga lugar la entrevista del ciudadano OSCAR ALEXANDER MEJÍAS con el ciudadano Juez Temporal de este Tribunal y, transcurrida la hora de espera acordada para la comparecencia del mencionado ciudadano, éste no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial, declarándose desierto el acto.
En vista de lo anteriormente expuesto, este Tribunal considera que, en atención al interés superior de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ART. 65 DE LA LOPNA) y del niño (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ART. 65 DE LA LOPNA), conforme al contenido del artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, es inexcusable la incomparecencia del prenombrado ciudadano a la entrevista con el ciudadano Juez a cargo este Juzgado
En consecuencia, en virtud de la contumacia del ciudadano OSCAR ALEXANDER MEJÍAS, quien no ha comparecido a las entrevistas ordenadas por este Tribunal en dos oportunidades, no obstante haber sido debidamente notificado, esta Alzada considera necesario oficiar a la Prefectura Civil del Municipio Libertador del Estado Mérida, a los efectos de que, haciendo uso de la fuerza pública si fuere necesario, procedan a ubicar al ciudadano OSCAR ALEXANDER MEJÍAS, quien tiene su domicilio en la calle 26 entre Avenidas 2 Lora y 3 Independencia, Residencias El Viaducto II, piso 5 apartamento 5-3 de esta ciudad de Mérida y lo trasladen hasta la sede de este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial, de lunes a viernes en horas de despacho, vale decir entre 8:30 de la mañana y 3:30 de la tarde a sostener la tantas veces señalada entrevista. Líbrese boleta al referido ciudadano y agréguese al oficio señalado. Provéase lo conducente.
Cúmplase.-
El Juez Temporal,
La Secretaria, Homero Sánchez Febres
María Auxiliadora Sosa Gil
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede, se libró oficio Nº 0480-357 dirigido a la PREFECTURA CIVIL DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO LIBERTADOR DEL ESTADO MÉRIDA, y se libró igualmente la boleta ordenada.
La Secretaria,
María Auxiliadora Sosa Gil