JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, a los veinte (20) días del mes de diciembre del año dos mil seis (2.006).-

196º y 147º

Vencido como se encuentra el lapso para que las partes hagan uso de la facultad de solicitar aclaraciones o ampliaciones, y/o interpongan los recursos contra la decisión de fecha 12 de diciembre de 2006, de conformidad con lo establecido en el artículo 5, ordinal 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se declara firme la misma y se acuerda bajar el expediente al Tribunal de la causa. Así se decide. Certifíquese, para su archivo, copia del presente auto conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 112 eiusdem, debiéndose insertar al pie de la misma el contenido del presente decreto y remítase el expediente al Tribunal de origen.

El Juez Temporal,

La Secretaria, Homero Sánchez Febres.

María Auxiliadora Sosa Gil.


En la misma fecha se expidió la copia acordada en el decreto anterior y se remitió el presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, constante de UNA (01) pieza útil, en (470) folios útiles, con oficio Nº 0480 – 367. Quedó anotada su salida bajo el Nº 4459.

La Secretaria,

María Auxiliadora Sosa Gil