REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

GADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, cinco de diciembre de dos mil seis.

196° y 147°

Por cuanto del cómputo que antecede se evidencia que se encuentran vencidos los lapsos previstos en los artículos 252 y 314 del Código de Procedimiento Civil, para solicitar aclaratorias o ampliaciones y anunciar recurso de casación contra la sentencia de fecha 20 de noviembre del presente año, dictada por este Juzgado en el presente juicio, sin que conste en autos que alguno o ambos recursos se hayan interpuesto, se declara FIRME la referida decisión y, en consecuencia, se acuerda bajar el presente expediente al Tribunal de la causa a los fines legales consiguientes. Désele salida y remítase con oficio.

El Juez Provisorio,


Daniel Monsalve Torres,


El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega

En la misma fecha se remite el expediente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio N° 0489-2006, salida N° 150, constante de 64 folios útiles.


El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega