JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Cinco De Diciembre del dos mil seis.

196º y 147º
El Tribunal de oficio ordena realizar por secretaría un cómputo de los días continuos transcurridos en el proceso, desde el día 23 de Noviembre de 2005, exclusive, fecha en la cual fue la última actuación de la parte demandante en el presente proceso, hasta el día de hoy, inclusive, a los fines de determinar si hay o no extinción de la instancia por falta de impulso procesal de la parte actora en la prosecución de la presente causa.-
EL JUEZ TEMPORAL

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN

La suscrita, ABG. AMAHIL ESCALANTE N, SECRETARIA TITULAR del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, HACE CONSTAR: Que conforme lo ordenado en el auto que antecede y según consta de los asientos del Libro Diario del tribunal, paso a efectuar el cómputo de los días continuos transcurridos en el proceso, desde el día 23 de Noviembre de 2005, exclusive, fecha esta de la última actuación de la parte actora en el proceso, hasta el día de hoy inclusive, observándose que han transcurrido TRESCIENTOS TREINTA Y UN DIAS (331) CONSECUTIVOS. Conste. Mérida, Cinco De Diciembre del dos mil seis.-
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. ESCALANTE NEWMAN
Mda
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Cinco de Diciembre del dos mil seis.
196º y 147º
Por cuanto del cómputo anterior, se desprende que desde el día 23 de Noviembre de 2005, exclusive, fecha en la cual fue la última actuación del apoderado actor, folio 47 del expediente, hasta el día de hoy, inclusive, han transcurrido TRESCIENTOS TREINTA Y UN DIAS CONSECUTVGIOS (331), sin que la parte actora le haya dado impulso procesal para la prosecución de la presente causa para lograr la citación personal de los demandados. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia en el presente proceso, por negligencia de la parte actora ante la falta de impulso procesal a fin de hacer efectiva la citación de la parte demandada, conforme se desprende de los diferentes autos dictados por este Tribunal mediante el cual fue solicitada a la Oficina de Identificación y Extranjería así como a la Embajada de España con sede en Caracas, solicitando información sobre el último movimiento migratorio de los ciudadanos ELVIRA SALVADORA RODRIGUEZ ANGULO, JOSE SANTIAGO, ELENA PINO, HECTOR FERNANDO JIMENEZ RODRIGUEZ Y MARIA ELVIRA JIMENEZ RODRIGUEZ. y según consta de los diferentes oficios se observa que de la respuesta dada por los organismos antes señalados folios 37, 39, 40, 44, no fue suministrada la información requerida ya que no aparecían registrados los referidos ciudadanos de su salida del país, así como tampoco se obtuvo la dirección de estos para su citación.- Se ordena dar por terminado el juicio y archivar el expediente una vez se encuentre firme la presente decisión. Se ordena notificar de la presente decisión solamente a la parte actora por cuanto consta de autos que la parte demandada no se encuentra a derecho, mediante Boleta, haciéndole saber que una vez conste de autos la resulta de la notificación ordenada, comenzará a correr el lapso legal de apelación en contra de la decisión dictada. Líbrese Boleta de Notificación.-
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO

LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN

En la misma fecha se libro la notificación ordenada y se entrego a la alguacil del Tribunal para que la haga efectiva a la mayor brevedad posible.-

LA SRIA,

ABG. ESCALANTE NEWMAN.-