JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, ocho de Diciembre de dos mil seis.-


196º y 147º

Vista la TRANSACCION celebrada entre las partes en el presente juicio en fecha 07-12-2006, que obra al folio doce (12) y su vuelto del presente expediente, este Tribunal luego de un análisis exhaustivo de los puntos que conforman la misma, observa que esta no vulnera el orden publico, ni transgrede ninguna disposición legal, y no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas constitucionales que son de indubitable cumplimiento para una sana y recta administración de justicia, tal como lo prescribe la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por consiguiente ESTE TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, de conformidad con lo previsto en el articulo 255 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCION, en consecuencia se le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente Juicio. Este Tribunal se abstiene de Archivar el expediente hasta tanto conste en autos la obligación contraída. Se suspende la Medida de Secuestro decretada por este Tribunal y se acuerda agregar a los autos el Cuaderno que se formó y los recaudos librados.
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

YAJAIRA SUAREZ

EN LA MISMA FECHA SE CUMPLIO CON LO ORDENADO.-
SRIA. ACC.,


Exp. Nº 6066.-