REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 18 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-010406
ASUNTO : LP01-P-2005-010406

AUTO DE ENTREGA DE VEHÍCULO

Visto el escrito mediante el cual el ciudadano WALTER RANIERI CAVORSO, solicita a este Tribunal la entrega del vehículo de su propiedad, cuya entrega no fue acordada por no tener conocimiento este Tribunal sobre el sitio donde se encontraba, este Tribunal a los fines de decidir observa:

PRIMERO: En fecha 22 de noviembre de 2005, este Tribunal decretó la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA en la presente causa, por existir un obstáculo legal para intentar la acción. En la decisión antes indicada, el Tribunal se abstuvo de realzar la entrega del vehículo por cuanto se desconocía su paradero.

SEGUNDO: Obra al folio 10 y 11, documento mediante el cual la ciudadana SHEYLA ELIZABETH MONSALVE, da en venta al ciudadano WALTER RANIERI CAVORSO, un vehículo marca Chevrolet, modelo Caprice, clase automóvil, tipo sedan, año 1980, color blanco, placas FT739T, serial de motor HAV106908, serial de carrocería 1N69HAV106908, de uso transporte público. Documento éste autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de Mérida, en fecha 30 de noviembre de 2004, bajo el N° 48, tomo 94 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría. De igual manera, obra al folio 12, Certificado de Registro de Vehículo en el cual aparece como propietaria del vehículo, la ciudadana CHEYLA ELIZABERTH MONSALVE, quien es la persona que le vendió el vehículo antes identificado al ciudadano WALTER RANIERI CAVORSO.

TERCERO: Señala el solicitante que su vehículo se encuentra en el Estacionamiento Grúas Satélite de esta Ciudad de Mérida.

Decisión del Tribunal

Este Tribunal habida cuenta de que fue decretada la Desestimación de la denuncia y por cuanto en esa decisión no se acordó la entrega del vehículo a su propietario, por desconocer donde se encontraba el referido vehículo; sitio que está siendo indicado por el solicitante a este Tribunal, acuerda la entrega del vehículo cuyas características han sido indicadas supra, al ciudadano WALTER RANIERI CAVORSO, extranjero, Cédula de Identidad N° E-81.480.307 y de este domicilio, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley. En consecuencia, acuerda librar el oficio respectivo a GRÚAS SATÉLITE y Boleta de Notificación al solicitante y a la Fiscalía Primera del Ministerio Público. De igual manera se acuerda el desglose y entrega al ciudadano WALTER RANIERI CAVORSO, de los documentos insertos a los folios 10, 11 y 12 de la presente causa, dejando en su lugar copia certificada de los mismos y hacerle entrega de una copia certificada del presente auto.


LA JUEZ DE CONTROL N° 02


ABG. AURA AVENDAÑO DE FERNÁNDEZ

LA SECRETARIA


ABG. ALBERTINA SANTIAGO DE PEÑA

Se libraron Boletas de Notificación Nos. ____________________________________ y oficio N° ____________________________________

La Sria.