REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

GADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintitrés de enero de dos mil seis.

195° y 146º

No obstante que la sentencia de fecha 19 de diciembre de 2005, dictada por este Tribunal no es impugnable a través del recurso de casación, se dejó transcurrir el lapso previsto al efecto por el artículo 314 del Código de Procedimiento Civil, el cual, según consta del cómputo que antecede, se encuentra vencido, y no habiéndose interpuesto tal recurso ni solicitado aclaratorias o ampliaciones de la referida decisión, se acuerda bajar el presente expediente al Juzgado de la causa a los fines legales consiguientes.


El Juez Provisorio,


Daniel Monsalve Torres

El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega


En la misma fecha se remite el expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio N° 0039-2006, salida N° 07, en una pieza, constante de 124 folios útiles.

El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega