REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, trece de febrero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO : LH21-L-2004-000143



ACTA DE ACUERDO TRANSACCIONAL



N° DE EXPEDIENTE: LH21-L-2004-000143
PARTE ACTORA : ANA JULIA LEÓN DE ANDEREZ
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ANA ALICIA LEAL MORENO, en su carácter de Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: AGUAS DE MÉRIDA C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MOISES PERNIA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 52.662.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy,13 de Febrero de 2006, siendo las 2:44 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, compareció la ciudadana ANA JULIA LEON DE ANDEREZ, asistida por la abogada ANA ALICIAL LEAL, en su condición de Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida, igualmente se encuentra presente el abogado MOISES PERNIA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada de autos, quienes han llegado al siguiente acuerdo, en este acto el apoderado judicial de la accionada consigna en este mismo acto cheque de gerencia Nº 21308332, de la cuenta corriente Nº 013400340503070001, contra Banesco Banco Universal, de fecha 24 de enero de 2006, a favor de la ciudadana LEON DE ANDEREZ ANA JULIA, por concepto de liquidación de Prestaciones Sociales. Terminación de la relación laboral, cuya planilla se anexa en forma discriminada, por el monto 2.144.905,47. y en esta audiencia ofrezco a la accionante de autos a los fines de finiquitar este proceso. Es todo. Acto continuo, la parte actora, asistida de abogada, acepta el cheque consignado en los términos referidos por el apoderado judicial de la demandada de autos. Ambas partes solicitan la homologación del presente acuerdo Transaccional, se le imparte el carácter de cosa juzgada, se dé por terminado el presente juicio y se archive el expediente. de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo .Este Tribunal en vista del acuerdo transaccional, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, se da por terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente. COPIESE Y PUBLIQUESE LA PRESENTE DECISION. AÑOS. 195º DE LA INDEPENDENCA Y 146º DE LA FEDERACION..


LA JUEZA,



MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO






LA PARTE ACTORA,




ANA JULIA LEON DE ANDEREZ





LA ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE Y PROCURADORA ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES PAA EL ESTADO MERIDA,





ANA ALICIA LEAL MORENO





EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,





MOISES ARMANDO PERNIA PERNIA





LA SECRETARIA,






YURAHI JOSEFINA GUTIERREZ QUINTERO







En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.








SRIA.