REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veinte de febrero de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : LH21-L-2003-000036


ACTA DE DESISTIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE: LH21-L-2003-000036
PARTE ACTORA :ELSY COROMOTO PEÑA DURÁN
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: PABLO EMILIO LÓPEZ VIELMA, en su condición de PROCURADOR Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: BERTILA GUTIÉRREZ DE VALERO

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy veinte de febrero de dos mil seis, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195º de la Independencia y 147º de la Federación.


LA JUEZA,
MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO

LA SECRETARIA,



EGLI MAIRE DUGARTE DURAN






En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.





SRIA.