REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintitrés de febrero de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : LP21-L-2006-000001
ACTA DE MEDIACION
N° DE EXPEDIENTE :LP21-L-2006-000001
PARTE ACTORA :MIRIAM COROMOTO FERNANDEZ MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.461.858, de este domicilio y hábil.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARIA VIRGINIA PERNIA RAMIREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 70.173, en su condición de Procuradora de los Trabajadores para el Estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: MARITZA CARNEVALLI DE MATHEUS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de la Identidad Nº 3.763.016, de este domicilio y hábil.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: JIM DOUGLAS MORANTES MONZON., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 85.498
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, 23 de Febrero de 2006, siendo las 9:OO a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció la ciudadana MIRIAM COROMOTO FERNANDEZ MARQUEZ, asistida por la Abogada MARIA VIRGINIA PERNIA RAMOIREZ, EN SU CONDICIÓN DE Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida, igualmente se encuentra se la ciudadana MARITZA CARNEVALLI DE MATHEUS en su carácter de parte demandada, asistida por el abogado en ejercicio JIM MORANTES MONZON, ya identificados , quienes han llegado al siguiente acuerdo, la parte demandada en este acto Ofrece cancelar a la parte accionante la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS MIL BOLIVARES, por los conceptos reclamados en el libelo demandad y de las conversiones surgidas a lo largo de la audiencia, los cuales en este mismo acto cancelan mediante cheque Nº 00000042, DE LA CUENTA Nº 0116-0046-82-0004511300, contra el BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, por la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES CON CEROS CENTIMOS, a nombre de la ciudadana MIRIAM COROMOTO FERNANDEZ M, de fecha 23 de febrero de 2006, y la suma restante de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES.,se consignará por ante la Coordinación del Trajo del Estado Mérida una la Unidad de Recepción y Distribución de Expediente, en fecha 20 de abril de 2006 a las dos de la tarde. Acto continuo la parte actora asistida de abogada, quien expuso. Acepto el ofrecimiento realizado por la parte demandada en los términos aludidos anteriormente y en la fecha convenida, asimismo recibo en este acto el cheque en referencia. Ambas partes solicitan la homologación del presente acuerdo amistoso, se le imparte el carácter de sentencia pasada de autoridad de cosa juzgada se dé por terminado el juicio y se abstiene el archivo del expediente hasta tanto conste en autos el último pago convenido. de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada ,se da por terminado el juicio y se abstiene De archivar el expediente hasta tanto conste enjutos el único pago convenido. COPIESE Y PUBLIQUESE LA PRESENTE DECISION. AÑOS. 195º DE LA INDEPENDENCIA Y 147º DE LA FEDERACION.
LA JUEZA
MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO
LA PARTE ACTORA,
MIRIAM FERNANDEZ MARQUEZ
LA ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA,
MARIA VIRGINIA PERNIA RAMIREZ
LA PARTE ACTORA,
MARITZA CARNEVALI DE MATHEUS
EL ABOGADO ASSITENTE DELA PARTE DEMANDADA,
JIM MORANTES MONZON
LA SERETARIA,
EGLI MAIRE DUGARTE DURAN
En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para si archivo
Sria.
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