V REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veinticuatro de febrero de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : LH21-L-2003-000118


ACTA DE DESISITIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE: LH21-L-2003-000118
PARTE ACTORA: JUAN DE DIOS ALBARRAN PEÑA
ABOGADA ASISITENTE DE LA PARTE ACTORA: ANA ALICIA LEAL MORENO
PARTE DEMANDADA: LUIS AUGUSTO LOBO VELAZCO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy veinticuatro de febrero de dos mil seis, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195º de la Independencia y 147º de la Federación.

LA JUEZA




MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO


LA SECRETARIA,






EGLI MAIRE DUGARTE DURAN





En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.







SRIA.