REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, tres de febrero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO : LH21-L-2002-000026


ACTA DE DESISTIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE :LH21-L-2002-000026
PARTE ACTORA :EDUERD BUDENI MARTÍNEZ GÓMEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: NAIM JOSÉ LULO MARQUEZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GERARDO BELANDRIA LÓPEZ, NAIM JOSÉ LULO MARQUEZ y EDUERD BUDENI MARTÍNEZ GÓMEZ
MOTIVO:

En el día hábil de hoy tres de febrero de dos mil seis, siendo las 10:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, únicamente compareció el abogado en ejercicio NESTOR JOSE SAMBRANO LINARES, en su carácter de apoderado judicial de la accionada de autos, quien consignó original del instrumento poder, dejando en su lugar copia simple a los fines de su certificación por Secretaría, el Tribunal acuerda agregarlo al expediente respectivo y ordena su certificación, y por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.

LA JUEZA,



MARIANA JOSEFINA APONTE QUNTERO,




EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,





NESTOR JOSE SAMBRANO LINARES






LA SECRETARIA,



EGLI MAIRE DUGARTE DURAN