REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, tres de febrero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO : LH21-L-2001-000004


ACTA DE DESISTIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE: LH21-L-2001-000004
PARTE ACTORA: JOSÉ OSWALDO HIDALGO GUTIÉRREZ
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ANA BEATRIZ CIRIMELE GONZALEZ
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL PANADERIA Y PASTELERIA EL BODEGON DEL PAN C.A.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy tres de febrero de dos mil seis, siendo las 11:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Circunscripción Judicial en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación..


LA JUEZA,


MARIANA JOSFINA APONTE QUINTERO



LA SECRETARIA,





EGLI MAIRE DUGARTE DURAN





En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió a copia para su archivo.





SRIA.