REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, trece de febrero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO: LH21-L-2002-000034


ACTA DE DESISTIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE: LH21-L-2002-000034

PARTE ACTORA: ANA LUISA LOBO DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.485.311, de este domicilio.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUIS ANTONIO PERNÍA GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.092.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “JIMMY BOYS C.A”, debidamente registrada por ante el registro Mercantil Primero de la esta circunscripción judicial, en fecha 07 de febrero de 2.001, bajo el Nº 35, Tomo A-3, de este domicilio.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Panagiotis Paraskevas Collitiri, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 80.276.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros conceptos Laborales.

En el día hábil de hoy trece (13) de febrero de dos mil seis (2.006) , siendo las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros conceptos Laborales; previo pregón de ley dado por el alguacil, se deja expresa constancia de que la parte actora ANA LUISA LOBO DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.485.311, de este domicilio, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez


Abg. Yajaira Rojas de Ramírez


La secretaria


Abg. Yurahi Gutiérrez