PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06
El Vigía, 17 de Febrero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-000539
ASUNTO : LP11-P-2006-000539
Vista la solicitud de ORDEN DE ALLANAMIENTO suscrita por los Abgs JAIRO CHACON Y JOSE GREGORIO LOBO en su carácter de Fiscales de la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con Sede en El Vigía, para ser practicada en la siguiente dirección: Sector Barrio Carlos Andrés Pérez, actualmente Brisas de Onia, Parroquia Rómulo Gallegos, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, calle N° 07, una vivienda ubicada a mano izquierda, entrando a la mencionada calle, tipo INAVI, casa construida en bloque y cemento, techo de acerolit, frisada, pintada de color verde, con ventanas a izquierda, derecha con rejas protectoras y vidrios y puertas de acceso al centro de forma lateral de frente a la vivienda de material metálico, pintada de color blanco, cercada con malla ciclón; vivienda presuntamente al cuido de la ciudadana HILLER TORO; en razón de ubicar en dicho inmueble Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Ilícitas. Solicita igualmente que dicho procedimiento ha de practicarse por una comisión policial al mando del Sub-inspector (PM) Lic JOSE HUGO GARCIA SOTO, Jefe de la Unidad de Investigaciones Criminales de la Comisaría Policial N° 04, El Vigía Estado Mérida, solicitando además que la referida orden se hará entrega a los funcionarios C/2do (PM) JAVIER RODRIGUEZ y C/2do (PM) MARIO MORENO GIMENEZ, para que junto con la comisión coordinen lo necesario para su práctica; en consecuencia este Juzgado observa en las actuaciones que acompaña el requirente lo siguiente: 1.- Oficio N° C04/SC12/U.I./N°-0021/06, de fecha 15-02-2006, suscrito por el Inspector Jefe (PM)Lic. ABELARDO VIVA, Jefe de la Sub.Comisaría Policial N° 12 El Vigía, en la cual solicita al Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público, se les tramite una orden de allanamiento a realizarse en: “el Sector Barrio Carlos Andrés Pérez, actualmente Brisas de Onia, Parroquia Rómulo Gallegos, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, calle N° 07, una vivienda ubicada a mano izquierda, entrando a la mencionada calle, tipo INAVI, casa construida en bloque y cemento, techo de acerolit, frisada, pintada de color verde, con ventanas a izquierda, derecha con rejas protectoras y vidrios y puertas de acceso al centro de forma lateral de frente a la vivienda de material metálico, pintada de color blanco, cercada con malla ciclón, donde también se observa dentro del cercado otra vivienda de tipo rural que tiene las siguientes características…; quien es extensiva a la ciudadana de nombre HILLER TORO, quien es la presunta persona que está a cargo al cuido de la 1ra vivienda descrita; ya que la 2da casa descrita presuntamente está al cuido de la ciudadana: Alcida Cárdenas…”, que se presume por investigaciones realizadas, en dicha vivienda se dedican presuntamente al ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, el presunto ocultamiento y existencia de armas de fuego ilícitas. 2.- Acta de Investigación Penal N° 0009/06, de fecha 15-02-06, suscrita por los funcionarios actuantes Cabo 2° (PM) JAVIER RODRIGUEZ y Cabo 2° (PM) Mario Moreno Jiménez, en la cual dejan constancia entre otras cosas que cumpliendo con labores investigativas en la Parroquia Rómulo Gallegos del Municipio Alberto Adriani, relacionada con la venta y distribución de droga …. , en el Barrio Carlos Andrés Pérez, hoy llamado Brisas de Onia, específicamente a la altura de la calle 07, donde por información confidenciales de los vecinos del buen vivir del mencionado sector que han observado con gran preocupación de la existencia de una banda delictivita, comandada por un ciudadano Apodado “El Bili”, integrada por otros ciudadanos apodados en los bajos fondos como: Pan de Leche, Coñito, El Flaco, El Indio y otros tres más, quienes son una banda que tienen azotado el barrio….; no conforme con eso hay dos viviendas donde presuntamente le sirve de guarida a estos ciudadanos en la calle 07 del mencionado barrio. Señalan igualmente que en vista de tal información se procedió a montar una vigilancia el día viernes 10-02-2006, donde se logró la ubicación de las mencionadas viviendas, la cuales quedaron identificadas: la 2da vivienda ubicada a mano izquierda, entrando a la mencionada calle, tipo INAVI, casa construida en bloque y cemento, techo de acerolit, frisada, pintada de color verde, con ventanas a izquierda, a derecha con rejas protectoras y vidrio y puertas de acceso al centro de forma lateral de frente a la vivienda de material metálico, pintada de color blanco, vivienda presuntamente al cuido de la ciudadana HILLER TORO, dicha vivienda se encuentra cercada con malla de ciclón, donde se presume que la vivienda que presuntamente esta al cuido de la ciudadana HILLER TORO, sirven para el ocultamiento el Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (droga) dadas a guardar por la ciudadana DIANBERTH DAVILA. 3.- Auto de inicio de la correspondiente averiguación penal por el Ministerio Público, de fecha 15-02-06, signada con el N° 14F17-0079-06. Así pues, considera quien aquí decide que las actuaciones referidas, son motivo suficiente para fundamentar la solicitud fiscal, y por lo tanto están dados los requisitos exigidos legalmente, a objeto de librar dicha orden de allanamiento. En consecuencia este Juzgado de Control N° 06 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 210 y 211 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA la entrada y registro de una comisión policial al mando del policial al mando del Sub-inspector (PM) Lic JOSE HUGO GARCIA SOTO, Jefe de la Unidad de Investigaciones Criminales de la Comisaría Policial N° 04, El Vigía Estado Mérida, a los fines de practicar allanamiento en la dirección supra señalada, en la cual habita la ciudadana: HILLER TORO, a los fines de ubicar en dicho inmueble Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Ilícitas, Esta orden de allanamiento tendrá una duración máxima de siete (07) días, contados a partir de la presente fecha 17-02-2006. Líbrese la orden de allanamiento correspondiente y remítase con oficio al solicitante. Cúmplase.
JUEZ DE CONTROL N° 06
ABOG. ROSIRI DEL VECCHIO DIAZ
LA SECRETARIA
ABOG.
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